29 Sep 2026 Pie de foto (de izq. a dcha.). - Adolfo Díaz-Ambrona, secretario general de la Cámara de Comercio de España y vicepresidente del CEM; Rafael Catalá, presidente del CEM; Cristina Jiménez Savurido, presidente de Fide y vocal del CEM, y Helena Soleto, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid y vocal del CEM.Los MASC más utilizados son la negociación (85%), la oferta vinculante (66%) y la mediación (40%)Los datos muestran que la formación marca una diferencia decisiva: quienes están formados en MASC obtienen mejores resultados, identifican más beneficios y utilizan estas herramientas con una visión más estratégica. El estudio apunta a cuatro retos claros: más conocimiento, una regulación más clara, mayor formación y criterios más homogéneos, además de una adecuada retribución de su uso en el Turno de Oficio. ACCEDE AQUÍ AL ESTUDIO Madrid, 29/09/26.- El Centro Español de Mediación (CEM) y Fide han presentado el “Estudio sobre percepción del uso y el impacto en la práctica profesional de la abogacía de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias”, que recoge las percepciones de abogados expertos y no expertos en MASC sobre el uso de los MASC y el impacto en la percepción de abogados y clientes al año de la entrada en vigor de la LO 1/2025. Se analiza la situación actual de estos mecanismos en la práctica profesional, su grado de implantación, los factores que condicionan su uso o los retos asociados a su consolidación como herramientas para la gestión eficiente de conflictosTras la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, y su entrada en vigor el 3 de abril de 2025, el CEM decidió llevar a cabo una serie de estudios que contribuyeran a mejorar el uso de los MASC, a su conocimiento por las empresas, los particulares y las diferentes instituciones involucradas en su utilización y desarrollo. Para este primer trabajo, pionero en la materia, el CEM ha colaborado con la Fundación Fide, el Centro de Mediación Fide, el Instituto Alonso Martinez de Justicia y Litigación y la propia Cámara de Comercio de España.Entre las conclusiones del estudio destaca que los MASC más utilizados son la negociación (en un 85,1% de los casos), la oferta vinculante (65,7%), la mediación (40,3%) y la conciliación (23,9%). En cambio, presentan un uso residual la evaluación de persona experta (6%) y el derecho colaborativo (1,5%). Cabe destacar que, entre profesionales con formación específica en MASC, incrementa el uso de la negociación (93,3%) y de la mediación (53,3%).En cuanto al momento procesal en que se utilizan los MASC, la mayoría de los encuestados señala que los emplea lo antes posible, desde que el cliente plantea el asunto (50,7 %), y, en todo caso, antes de la presentación de la demanda. Por otro lado, los factores que más influyen en la decisión de proponer un MASC son el tiempo (53,7 %), la exigencia legal (53,7 %), el coste económico (46,3 %) y la estrategia (44,8 %).Los resultados obtenidos mediante el uso de los MASC reciben, en términos generales, una valoración positiva: el 49,2 % de los encuestados considera que obtuvo mejores resultados de los que habría alcanzado sin recurrir a un MASC. Sin embargo, esta percepción varía en función de la formación específica en MASC. Así, entre los abogados que cuentan con dicha formación, el 66,7 % considera que los resultados fueron mejores, mientras que, entre los profesionales sin formación específica, el 65,2 % considera que fueron análogos a los que habría obtenido sin recurrir a un MASC.Preguntados por el punto de vista de sus clientes, la mayoría de los profesionales (79,1%) considera que sus clientes presentan un nivel de conocimiento de los MASC bajo (59,7%) o nulo (19,4%). Sin embargo, el 44,6% de los encuestados considera que los clientes que han utilizado previamente un MASC son favorables a repetir la experiencia, frente al 21,5% que se han mostrado reacios a hacerlo.En cuanto a las propuestas de mejora planteadas para consolidar la integración sistemática de los MASC en su ejercicio, la prioridad más ampliamente compartida por los encuestados es la mejora de la regulación: el 55,9% reclama una regulación más clara de los MASC y su integración con el proceso, el 38,2% demanda una clarificación de las reglas deontológicas sobre confidencialidad y el 32,4% incide en la necesidad de cursos de formación impartidos por los Colegios profesionales. Si se observan los resultados atendiendo la materia principal de especialización, los profesionales especializados en Mercantil reclaman en un 78,6% una regulación más clara de los MASC y su integración con el proceso, 22 puntos porcentuales más.Durante el encuentro, en el que han participado instituciones, empresas y profesionales, Rafael Catalá, presidente del CEM, ha exhortado a conseguir que “antes de decidir cómo afrontar un conflicto, profesionales y clientes puedan valorar con rigor todas las opciones disponibles y elegir la que mejor responda a sus intereses”. Al alcanzar este hito, ha explicado el presidente, “lograremos que los MASC dejen de percibirse como un simple trámite y se utilicen como instrumentos de gestión estratégica. Solo así avanzaremos hacia un sistema de Justicia más moderno, eficaz y adaptado a la realidad de nuestro tiempo”.“La norma ha generado un impulso indudable. Ahora corresponde a profesionales e instituciones convertir ese impulso en una práctica de calidad”, ha incidido Adolfo Díaz-Ambrona, secretario general de la Cámara de Comercio de España y vicepresidente del CEM, quien ha resaltado también que para ello “serán necesarias formación, seguridad jurídica, información accesible y recursos suficientes; pero también será necesario escuchar, evaluar y corregir”.La codirectora académica del estudio, Cristina Jiménez Savurido, presidente de Fide y vocal del Pleno del CEM, ha recalcado que este estudio consiste en un “punto de partida” para conocer en qué punto se encuentran los MASC y cuáles son sus áreas de mejora. Con este estudio “representamos a profesionales, despachos e instituciones, este trabajo es uno de los primeros que busca generar un debate en torno a los MASC, para conocer su eficacia, qué estamos haciendo bien y qué podría hacerse mejor. Es responsabilidad de todos nosotros difundir sus resultados y aristas”.Por su parte, Helena Soleto Muñoz, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid, y codirectora académica del Estudio, ha puesto el foco en el papel de la mediación, como método que “puede alcanzar un peso muy significativo en los próximos años. Si llegara a canalizar el 10% de los tres millones de demandas anuales, estaríamos hablando de unas 300.000 mediaciones, una cifra que no resulta desproporcionada a la vista de la experiencia de países como Italia u otros países de nuestro entorno. Es razonable que, en una primera etapa, se recurra con mayor frecuencia a instrumentos más sencillos, como la oferta vinculante o la negociación, pero la evolución natural debe llevar hacia una utilización más amplia de los distintos MASC. En ese proceso, la formación de los abogados será fundamental para orientar al ciudadano hacia el mecanismo más adecuado en cada caso”. Coloquio: principales conclusiones del Estudio MASCEn el coloquio de la jornada, Helena Soleto, junto con los miembros del Consejo de Redacción del Estudio Fernando Cabello de los Cobos, secretario general del CEM; Fernando Bejerano, abogado, y Eduardo García Peña, fundador y codirector de García Peña y Andújar Abogados, han presentado los principales resultados y conclusiones del Estudio, moderados por María Arias, directora jurídica del CEM, y coordinadora académica del Estudio. “Estamos ante una primera fase bastante natural de implantación. La negociación y la oferta vinculante son los mecanismos más utilizados porque son los que resultan más próximos a la práctica tradicional de la abogacía”, ha incidido Fernando Cabello de los Cobos. El secretario general del CEM ha advertido que, según el estudio, uno de los mayores riesgos “radica en que el requisito de procedibilidad se cumpla mediante el mecanismo más sencillo o más rápido, sin que exista siempre una verdadera selección estratégica del MASC más adecuado para el conflicto. Por ello, según Cabello de los Cobos, “nuestro actual desafío es pasar de una lógica de cumplimiento formal a una lógica de análisis del conflicto: identificar qué necesita realmente el cliente, qué obstáculos impiden el acuerdo y qué mecanismo ofrece mayores posibilidades de alcanzar una solución adecuada”.En esta línea ha coincidido Fernando Bejerano, para quien la verdadera función de la abogacía es “analizar, prescribir el mecanismo adecuado, acompañar y preparar al cliente para participar en los MASC. Esta ley va a potenciar esa función y servirá de apoyo para que quienes hasta ahora no incorporaban los MASC a su estrategia, empiecen a utilizarlos de forma más estratégica a medida que los conozcan mejor”.Finalmente, Eduardo García Peña ha calificado como “demoledor” que el 0% de los abogados encuestados sin formación específica en MASC los utilicen en fase de ejecución. “Aquellos que no tienen formación se focalizan en cumplir con el requisito de procedibilidad y, una vez cumplido, ya no quiere saber nada más de estos métodos adecuados. Sigue imperando una mentalidad desde la abogacía que no conecta las etapas procesal y pre procesal. Ante este escenario de Justicia absolutamente colapsada, los MASC emergen como la mejor solución. Cuanto más sea capaz el abogado de explicar a su cliente que el proceso sería más breve, económico y satisfactorio, mayor uso de los MASC habrá”, ha afirmado.El Estudio hasido elaborado por Helena Soleto Muñoz y Cristina Jiménez Savurido (directoras académicas); María Arias y Carmen Hermida (coordinadoras académicas) y Fernando Cabello de los Cobos, Fernado Berjerano, Paulino Fajardo, Eduardo García Peña y Carles García Roqueta (consejo de redacción)También cabe destacar la contribución del Servicio de Estudios de la Cámara de Comercio de España.