Reglas sobre costes Corresponde al Centro Español de Mediación fijar de la cuantía del procedimiento. Para ello, tomará en consideración el interés económico de la controversia, su complejidad y el número de partes, así como cualquier otra circunstancia que, a su juicio pudiera resultar relevante. Salvo acuerdo en contrario de las partes, los costes comunes de la mediación serán soportados a partes iguales, mientras que cada parte soportará sus propios gastos de representación. Cuando la cuantía del procedimiento sea indeterminada, los costes se calcularán, con carácter general, sobre la base de 100.000 €. Derecho de admisión El derecho de admisión es de 250 € no reembolsable. Esta cantidad puede abonarse mediante transferencia bancaria a nombre de la Cámara de Comercio de España – Centro Español de mediación, al número de cuenta ES47-0182-2370-40-0201569522. Provisión de fondos para costes El Centro Español de Mediación fijará el importe de la provisión de fondos que las partes habrán de consignar a efectos de tramitación del procedimiento, a fin de hacer frente a los honorarios de los mediadores y a los derechos de administración del procedimiento. Finalizado el procedimiento las partes recibirán la correspondiente liquidación de costes.
Reglas sobre costes Corresponde al Centro Español de Mediación fijar de la cuantía del procedimiento. Para ello, tomará en consideración el interés económico de la controversia, su complejidad y el número de partes, así como cualquier otra circunstancia que, a su juicio pudiera resultar relevante. Salvo acuerdo en contrario de las partes, los costes comunes de la mediación serán soportados a partes iguales, mientras que cada parte soportará sus propios gastos de representación. Cuando la cuantía del procedimiento sea indeterminada, los costes se calcularán, con carácter general, sobre la base de 100.000 €.
Derecho de admisión El derecho de admisión es de 250 € no reembolsable. Esta cantidad puede abonarse mediante transferencia bancaria a nombre de la Cámara de Comercio de España – Centro Español de mediación, al número de cuenta ES47-0182-2370-40-0201569522.
Provisión de fondos para costes El Centro Español de Mediación fijará el importe de la provisión de fondos que las partes habrán de consignar a efectos de tramitación del procedimiento, a fin de hacer frente a los honorarios de los mediadores y a los derechos de administración del procedimiento. Finalizado el procedimiento las partes recibirán la correspondiente liquidación de costes.