Fase previa

El procedimiento se inicia mediante la presentación de una solicitud de mediación ante el Centro Español de Mediación.

Como regla general, y salvo circunstancias excepcionales, todas las comunicaciones se practicarán por correo electrónico. Podrás dirigir tu escrito de solicitud de arbitraje a cemediacion@camara.es

Contenido

CON CONVENIO PREVIO DE MEDIACIÓN:

La solicitud de mediación contendrá, al menos, las siguientes menciones:

  • Identificación y contacto de la parte que presenta la solicitud de mediación.
  • Identificación y contacto del resto de partes.
  • Breve descripción de la relación jurídica entre las partes, si la hubiere, el motivo, circunstancias y cuantificación, si fuere posible, de la disputa o disputas que se desean someter a mediación.
  • Si existe algún acuerdo sobre la designación del mediador, incluyendo su identidad en su caso, el lugar donde se desarrollarán las sesiones, el idioma o idiomas a utilizar en la mediación., requisitos que debe reunir el mediador, plazos para celebrar la mediación y cualquier otro aspecto del proceso de mediación que afecte a su inicio o desarrollo.

A la solicitud de mediación deberá acompañarse:

  1. Copia del convenio de mediación que se invoca o de las comunicaciones que dejen constancia del mismo.
  2. Constancia del pago del derecho de admisión, por importe de 1.000 €. El abono se realiza mediante transferencia bancaria a nombre de la Cámara de Comercio de España - Corte Española de Arbitraje, a la cuenta número: BBVA- ES47 0182 2370 40 0201569522.

SIN CONVENIO PREVIO DE MEDIACIÓN:

Cuando no exista un convenio de mediación, cualquier persona o entidad podrá invitar a otra u otras partes a iniciar un proceso de mediación. En este caso, la parte solicitante presentará ante el Centro una solicitud de mediación con la información y documentación detallada en el apartado anterior, salvo aquella que no procediese como, por ejemplo, el convenio de mediación.

Descargar solicitud de mediación 

La aceptación de la contraparte deberá formularse por escrito del mismo modo previsto para el solicitante en el plazo de 10 días desde la recepción de la solicitud.

Si la contraparte no remitiese la aceptación de la solicitud de mediación dentro del plazo establecido, se entenderá que no desea asistir a la mediación y caducará la solicitud de mediación, procediéndose al archivo del expediente.

El mediador y las partes discuten la manera en que va a llevarse a cabo la mediación.

Desarrollo el procedimiento

Se procederá a la redacción y firma del Acta Inicial que contendrá, en todo caso, los siguientes aspectos:

  • la identificación de las partes;
  • la designación del Centro como institución de mediación y del mediador;
  • el objeto del conflicto que se somete a mediación;
  • el programa de actuaciones y su duración máxima, sin perjuicio de su posible modificación ulterior; la información sobre el coste de la mediación o las bases para su determinación, con indicación separada de los honorarios del mediador y de otros posibles derechos;
  • la declaración de la aceptación voluntaria por las partes de la mediación y de que asumen las obligaciones de ella derivadas, en especial la obligación de confidencialidad y;
  • el lugar de celebración y lengua del procedimiento.

Consistirán en entrevistas del mediador, conjuntas o individuales, con las partes.

Fase final

La Mediación podrá concluir con acuerdo, ya sea total o parcial, o en desacuerdo.

Finalizada la mediación, el mediador redactará el acta final, la cual determinará la conclusión del procedimiento.

Deberá recoger, en todo caso, lo siguiente:

  • las partes intervinientes y los asistentes,
  • la causa de la finalización,
  • los acuerdos parciales o totales alcanzados (en su caso), o referencia a que los mismos constan en documento aparte.