Centro Español de Mediación
“El Centro prestará sus servicios de forma transparente y accesible. Sin perjuicio de sus deberes de confidencialidad, el Centro publicará y pondrá a disposición de los usuarios:
- Información completa y transparente sobre el Centro, su Reglamento, su estatuto jurídico y su régimen de gobierno; sus miembros; los servicios que ofrece; los procedimientos internos que sigue en la administración de mediaciones; y los criterios que aplica en la designación y confirmación de mediadores.
- Información sobre los mediadores que el Centro considera en principio idóneos para actuar en los procedimientos cuya administración tiene encomendada, con detalle al menos de su formación, especialidad y experiencia en el campo de la mediación (la “Relación Orientativa de Mediadores”).
- Sus derechos de admisión y administración, así como los honorarios de los mediadores y los costes de otros servicios asociados al procedimiento de mediación.
- Un informe anual de actividad, que contendrá al menos la siguiente información:
- Número de solicitudes recibidas y tipo de reclamación con la que estén relacionadas.
- En su caso, procedimientos de mediación por medios electrónicos tramitados.
- Porcentaje de procedimientos interrumpidos antes de llegar a un resultado.
- Duración media de los procedimientos.
- Número de acuerdos alcanzados.
- Grado de satisfacción de las partes con el procedimiento y, en su caso, con el acuerdo alcanzado.
- Casos de cooperación con otras entidades de resolución alternativa de conflictos que faciliten la tramitación de conflictos transfronterizos.
- Estadísticas sobre los asuntos bajo la administración del Centro, con indicación del número de casos, su carácter doméstico o internacional, cuantías, materias, los sectores de actividad a los que pertenecen las partes, y la duración media de los procedimientos”.